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La baja por maternidad permite a las trabajadoras interrumpir su actividad antes o después del parto sin perder su protección social. Al hablar de trabajadoras autónomas, estas tienen los mismos derechos respecto a la baja por maternidad que las asalariadas, ya que es un derecho regulado por la Seguridad Social para todas las mujeres trabajadoras.

Duración y cuantía de la baja de maternidad

Las madres autónomas tienen derecho a una prestación del 100% de la base reguladora de cotización. Por ello, para saber cuánto te corresponde por baja de maternidad siendo autónoma, debes sumar las bases de tus últimos 6 meses y dividir el resultado entre 180.

Por otro lado, una baja de maternidad para autónomas tiene una duración de 16 semanas, desde el nacimiento o la resolución judicial de adopción o acogida, porque la prestación también va dirigida a aquellas madres que no tienen hijos biológicos. También es posible descansar durante las 6 semanas obligatorias después del parto y transferir el resto de semanas al otro progenitor.

Cómo solicitar la baja por maternidad para madres autónomas

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Antes de nada, es necesario disponer del DNI, el informe médico del parto, el libro de familia o la certificación de inscripción del hijo en el Registro Civil y la declaración de situación de actividad como trabajadora por cuenta propia. Una vez adquiridos estos documentos, podemos solicitar la baja de dos formas:

  • Internet: es necesario un certificado digital o un DNI electrónico para acceder al portal ‘Tu Seguridad Social’ y realizar el trámite.

  • Presencial: a través de cita previa en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y presentando la solicitud. Los documentos requeridos son el libro de familia, el DNI del solicitante y un certificado de la empresa que acredite la incapacidad laboral.

Requisitos para pedir la baja por maternidad siendo madre autónoma

Los requisitos esenciales son estar afiliada y en situación de alta en RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos), no tener deudas con la Seguridad Social y cubrir un periodo mínimo de cotización. Este último va en función de la edad:

  • Trabajadoras autónomas menores de 21 años de edad: no es necesario el periodo mínimo de cotización.

  • Autónomas entre 21 y 26 años: periodo mínimo de cotización de al menos 90 días en los 7 años anteriores al momento del inicio de la baja, o 180 días cotizados en toda su vida laboral.

  • Autónomas mayores de 26 años: deben haber cotizado al menos 180 días en los 7 años inmediatamente anteriores al momento del inicio de la baja, o 360 días a lo largo de toda su vida laboral.

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