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Seguirán sin conocerse otros muchos más inmuebles, no templos, que se fueron inmatriculando desde 1946 a 1998. Desde Europa Laica se ha venido reclamando siempre el listado completo de bienes inmatriculados por la Iglesia católica desde 1946.
Entre 1998 y 2015 la Iglesia inmatriculó «un total de 34.984 fincas» de las que la mitad fueron templos y la otra mitad «fincas con otros destinos». La Iglesia registró 4.075 bienes del listado con la certificación eclesiástica y otro título. Los restantes 30.245, en cambio, los inscribieron únicamente por la certificación eclesiástica
¿Se avecina el final del secreto sobre las inmatriculaciones? El Gobierno, según ha podido saber RD, ya ha enviado al Congreso de los Diputados el listado definitivo de los bienes que la Iglesia inmatriculó gracias a la ‘ley Aznar’, y que suponen uno de los intermitentes puntos de conflicto entre Iglesia y Gobierno.
Ahora, tras la visita de Pedro Sánchez al Papa Francisco, el Ejecutivo cumple con un cometido por el que estaba obligado por ley, y que llevaba año y medio esperando el momento adecuado para llegar a la Cámara Baja. De ahí, a hacerse público -esperamos-, pasará poco tiempo.
De momento, sólo sabemos que el Colegio de Registradores calificó un «total de de 34.984 fincas» puestas a nombre de la Iglesia durante ese período, tan solo con la firma del obispo, quien actuaba como notario. La comunicación en la que el Colegio de Registradores entrega el listado de estos bienes al ministerio de Justicia dice que “18.535 se refieren a templos de la Iglesia o dependencias complementarias a los mismos y 15.171 a fincas con otros destinos”, según ha podido comprobar Maldito Dato a través de una petición de acceso a la información pública. Esto es: que la mitad pueden ser garajes, frontones, campos, pisos…
Los registradores indican también que la Iglesia registró 4.075 bienes del listado con la certificación eclesiástica y otro título. Los restantes 30.245, en cambio, los inscribieron únicamente por la certificación eclesiástica. Esto es: casi todos los bienes no contaban con más prueba de autenticidad que la palabra del Ordinario del lugar.
¿Qué pasará a partir del momento en que el listado de haga público? No se espera una avalancha de demandas, porque la propia ley señalaba que se daba un plazo de dos años (ya más que vencido) para pleitear, aunque sí podremos asistir a varios espectáculos mediático-judiciales por ambas partes (demandantes e institución eclesiástica). En este punto, el Gobierno sabe que un ‘casus belli’ contra la Iglesia podría supone el bloqueo del sistema judicial, y quiere andar con cuidado. Pero gobiernos como el catalán ya han comenzado us propio proceso, denunciando más de 3700 bienes que podría intentar recuperar.
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