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La Audiencia recuerda a la Fiscalía sobre Villarejo que la prisión provisional debe ser «excepcional»

El Sol Revista
-
3 de marzo de 2021
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La Audiencia recuerda a la Fiscalía sobre Villarejo que la prisión provisional debe ser «excepcional»

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La Audiencia Nacional ha rechazado el recurso de la Fiscalía Anticorrupción contra la decisión de dejar en libertad al comisario investigado y en prisión preventiva, José Manuel Villarejo, respecto a las tres piezas de investigación que le llevarán a juicio el próximo diciembre. Se trata de las piezas Land, Iron y Pintor del caso Tándem.

La libertad de Villarejo respecto a estas tres piezas no supondrá que salga de prisión preventiva, como se recuerda en el auto de este martes, porque está investigado en casi una treintena de piezas en el Juzgado de Instrucción número 6 por presuntos delitos más graves que los que se investigan en las tres primeras causas por las que se sentará en el banquillo.

La resolución judicial contiene distintos reproches a los fiscales Anticorrupción. Los magistrados Ángela Murillo, Carmen Paloma González y Fermín Javier Echarri les recuerdan que la decisión de mantener en prisión provisional o dejar en libertad a los investigados «compete exclusivamente a jueces y tribunales en ejercicio de su función jurisdiccional» y que la prisión provisional «no es una pena anticipativa ni puede servir a fines de prevención general» puesto que lo que está en juego es el derecho fundamental a la libertad recogido en el artículo 17 de la Constitución.

«Finalidad cautelar, no represiva»

También afirman que la situación de prisión preventiva, en la que Villarejo lleva desde que fue detenido en noviembre de 2017, tiene una «finalidad cautelar, no represiva ni puede vulnerar la presunción de inocencia».


Villarejo pide la libertad por motivos «humanitarios» y de «protección de su vida»

En su recurso contra la decisión de la Audiencia de conceder la libertad respecto a estas tres piezas, los fiscales argumentan que la investigación Tándem que se sigue contra Villarejo es un «procedimiento único» y que por tanto todas las piezas tienen que investigarse y tratarse unidas.

Sin embargo, los magistrados no comparten el «razonamiento deductivo que realiza la acusación pública». Consideran que no tienen la misma gravedad de cara a la decisión de mantener la prisión preventiva los delitos investigados en las tres primeras piezas que irán a juicio que en otras en las que el antiguo agente encubierto está investigado por presunta organización criminal.

«Nos encontramos ante piezas separadas cuyos escritos de acusación, si bien obedecen a una causa común, lo cierto es que responden a hechos diferentes que dan lugar a las más variopintas calificaciones jurídicas con relevancia penal que afectan a muchos sujetos, que no tienen relación entre sí, aunque provengan de un mismo hilo conductor con independencia que la presencia del principal encausado, Sr. Villarejo Pérez sea común a todas», afirman los magistrados.

«No puede pretenderse que se de un tratamiento jurídico procesal unitario a cada una y a la totalidad de las piezas separadas. Lo que resulta obvio es que habrá supuestos en los que conviene acumular en un proceso el enjuiciamiento de varios hechos punibles y otros en los que, por el contrario, no sea necesario ni conveniente dicha acumulación. Y es al propio órgano enjuiciador al que le corresponde dicha decisión», zanjan.



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