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Como puede leerse en la primera norma sobre acceso al culto en la mezquita de la M30 de Madrid: «1. La mezquita está disponible solo para los hombres, se les prohíbe la entrada a mujeres e infantes».
Tal como denuncia Zoubida Boughaba Maalem esto ocurre en un supuesto país democrático, donde tanto en tratados internacionales como en su propia legislación se condena la discriminación por motivos de sexo, religión,…
Parece que las Administraciones Públicas y Judiciales miran para otro lado cuando las discriminaciones proceden del ámbito religioso, y en muchos casos cuando procede del Islam, incluso por progresistas, que piensan que pueda caerse en «islamofobia». Pero si se permite esta discriminación a la mujer. No hay constancia de que el Ministerio de Igualdad haya tomado o vaya a tomar medida alguna.
Cada persona es libre de tener o no una religión, prácticamente todas patriarcales, incluso conscientes de la discriminación que sufren las mujeres. Pero no parece admisible que una supuesta democracia, que un gobierno progresista lo permitan.
Hemos comprobado que con posterioridad, se han modificado esa norma, habilitando la sala de exposiciones para el rezo de las mujeres. Algo que mantiene la discriminación denunciada.
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