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La nacionalidad Española de los Saharauis

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Un voto particular de un juez reabre el debate sobre la nacionalidad española negada a los saharauis

Varias personas, con banderas saharauis, protestan durante una manifestación convocada por la Coordinadora Estatal de Asociaciones Solidarias con el Sáhara (CEAS-Sáhara), frente al Ministerio de Asuntos Exteriores

Alberto Pozas


Hace tres años el Tribunal Supremo cerró la puerta a que la población del Sáhara Occidental nacida antes de 1976 obtuviera la nacionalidad española. Una sentencia que estableció que los ciudadanos de ese territorio nunca fueron españoles y que, si no lo solicitaron en plazo, ya no había nada que hacer. Ahora una nueva decisión de los tribunales madrileños confirma ese criterio y rechaza la petición de un hombre nacido en el Sáhara en 1967, pero uno de los jueces firma un voto particular en el que defiende que la población saharaui sí era española y sus descendientes también pueden serlo.

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El Estado español abandonó el Sáhara Occidental en un proceso de descolonización basado en dos leyes: una de 1975 que autorizaba al ejecutivo para “llevar a cabo la descolonización del territorio no autónomo del Sáhara, salvaguardando los intereses españoles”. Y un segundo Real Decreto de 1976 que permitía a los saharauis optar a la nacionalidad española, pero con un plazo extremadamente corto: tenían solo un año para pedirlo.

En la práctica esto implicó la declaración de apátrida de una parte de la población del Sáhara Occidental, que en pleno proceso de descolonización no acudió al juzgado en el plazo de un año que le había dado España. Muchos de ellos, que en ese momento eran niños o menores de edad, acudieron a la justicia y se encontraron con que el Tribunal Supremo les cerraba la vía judicial en 2020.

Ese primer caso fue el de una mujer nacida en Agwanit tres años antes de la descolonización. Su familia se trasladó a los campamentos de refugiados de Tindouf y, según explicó ella misma, pedir la nacionalidad en los plazos marcados por España no era fácil. Ella era menor de edad y sus padres “carecían de información” en plena migración. El resultado: una mujer apátrida residente en Ibiza con un permiso de viaje de Argelia como lo más parecido a un pasaporte.

Ese fue el caso que cortó el paso al resto de saharauis que querían optar a la nacionalidad y que, según alegaron, merecían por haber nacido allí o porque sus padres la hubieran tenido. Recursos que exponían, por ejemplo, que no tenía sentido negar que hubieran tenido la nacionalidad antes de 1975 cuando podían ser funcionarios españoles, tenían un DNI e incluso habían podido votar en el referéndum franquista de 1966 unos pocos años antes.

La respuesta del Tribunal Supremo fue tajante: el Sáhara Occidental nunca formó parte de España, aunque fuera una colonia, y por tanto ni ellos ni sus padres tuvieron nunca la nacionalidad española. Un portazo a poder ampararse en el artículo 17 del Código Civil que reconoce la nacionalidad a los hijos de españoles o, en todo caso, a los nacidos de padres extranjeros si el niño no tiene nacionalidad. “No son nacidos en España quienes nacieron en un territorio durante la etapa en que fue colonia española”, zanjaron los jueces.

Esa sentencia de 2020 marcó el comienzo de una cascada de decisiones en el Registro Civil, en juzgados y en tribunales negando la nacionalidad a personas en situaciones similares: nacidos en el Sáhara Occidental cuando todavía estaba bajo dominio español pero demasiado pequeños para pedir ellos mismos la nacionalidad en el año de plazo legal o con una familia en una situación tan complicada que eso no formaba parte de sus prioridades.

La última de estas resoluciones ha sido dictada recientemente por la Audiencia Provincial de Madrid. Una de sus secciones de lo civil ha rechazado la petición de un hombre nacido en el Sáhara en 1967 y que, por tanto, tenía menos de 10 años cuando se produjo la descolonización. La sentencia repite lo que ya dijo el Supremo en 2020 y refleja lo que establece la ley: que si quería optar a la nacionalidad española él o sus padres tendrían que haberlo pedido, como muy tarde, el 10 de agosto de 1977.

Diversidad de opiniones entre magistrados

Una sentencia del Tribunal Supremo, dictada con unanimidad o sin ella, tiene el poder de marcar el camino al resto de asuntos judiciales similares y muy pocas cosas pueden provocar un giro en la jurisprudencia. Este fue uno de esos casos en los que la sala de lo civil no resolvió el caso de manera unánime, y esa discrepancia también se arrastra hasta la actualidad.

En 2020, cuando el Supremo negó la nacionalidad española a la mujer nacida en el Sáhara en 1973, tres miembros de la sala primera redactaron un voto particular apostando por otorgársela. Los propios magistrados, encabezados por Ángeles Parra, reconocieron que su postura era una “innovación jurisprudencial” pero entendían que las normas que regularon la descolonización vulneraban abiertamente los derechos de la población saharaui.

En el caso de la joven residente en Ibiza, estos jueces discrepantes tenían claro que si ella no era reconocida como española, sus padres sí debían serlo. “Era española porque nació de padres españoles, nacidos a su vez en el Sáhara Occidental y a quienes el Estado español había dotado de la documentación que solo otorgaba a los españoles”, dice el Supremo, recordando que tenían un DNI y un libro de familia expedido por el Registro Civil.

La jurisprudencia del Supremo corta el paso a cualquier recurso pero este voto particular también colea en las sentencias que resuelven estas peticiones, como es el caso del hombre nacido en el Sáhara en 1967 y cuya petición de nacionalidad acaba de ser rechazada por la Audiencia de Madrid. Uno de los integrantes de la Audiencia de Madrid, Miguel Ángel Lombardía, entiende que se le debería haber concedido.

Una descolonización como la que ejecutó España sobre el Sáhara Occidental, explica este magistrado, puede implicar que el territorio sea “un espacio diferenciado” pero no que sus habitantes “puedan verse privados de una nacionalidad que hasta ese momento ostentaban” al haber nacido allí.

En el fondo, duras críticas a la normativa firmada un día antes de la muerte del dictador Francisco Franco: “El Real Decreto puso fin a la condición personal de la población saharaui, suponiendo una indebida privación de la nacionalidad española”, recuerda este magistrado.

La política de España sobre el Sáhara

La denuncia de la población saharaui y los grupos que muestran su apoyo es constante desde la década de los años 70: la desbandada española dejó desprotegidas a miles de personas y a merced de Marruecos. Un conflicto que ha vuelto a la primera línea de la política española con el viraje del Ejecutivo de coalición de Pedro Sánchez sobre el triángulo formado por España, Marruecos y el Sáhara.

Un cambio que llegó los primeros meses de 2022, después de varios desencuentros graves entre España y Marruecos, la crisis migratoria y la estancia en España de Brahim Ghali, líder del Frente Polisario, entre otros. Después de más de cuatro décadas ciñéndose a las resoluciones de Naciones Unidas, Pedro Sánchez anunció que la propuesta de autonomía de Marruecos como la solución “más seria, realista y creíble”.

En el plano legal, la nacionalidad de los antiguos habitantes del Sáhara ha vuelto este año al Congreso de los Diputados. En febrero echó a rodar en la cámara baja una propuesta de Unidas Podemos –que en pleno debate sobre la nueva posición de España en el conflicto consiguió el apoyo del PP y la abstención de Vox– para dar la nacionalidad “por carta de naturaleza” a la población saharaui nacida “bajo soberanía de España” antes de 1976 y aunque no tengan residencia legal.